Hoy, 14 de abril, es el aniversario de la proclamación de la 2ª República Española. Fue dicho día del año 1931. Por mucho que desde algunos medios se intente ningunear y criticar duramente este periodo, es un hecho bastante conocido y destacado. Quizá lo que no se conoce tanto es que fue la localidad guipuzcoana de Éibar, la primera en que se proclamó. Os dejo una imagen de la placa de su ayuntamiento, que da fe de ello.
Para el recuerdo de este día quiero dejar constancia de algunos puntos importantes de su Constitución, tremendamente adelantada a su tiempo.
La Constitución de la Segunda República supuso un avance notable en el reconocimiento y defensa de los derechos humanos por el ordenamiento jurídico español y en la organización democrática del Estado: dedicó casi un tercio de su articulado a recoger y proteger los derechos y libertades individuales y sociales, amplió el derecho de sufragio activo y pasivo a los ciudadanos de ambos sexos mayores de 23 años y residenció el poder de hacer las leyes en el mismo pueblo, que lo ejercía a través de un órgano unicameral que recibió la denominación de Cortes o Congreso de los Diputados y, sobre todo, estableció que el Jefe del Estado sería en adelante elegido por un colegio compuesto por Diputados y compromisarios, los que a su vez eran nombrados en elecciones generales.
Todos ellos son distintivos de la preocupación republicana por la soberanía popular y la democracia efectiva, por lo que es posible enunciar una serie de principios que la Constitución incorporó o reafirmó como elementos esenciales del ordenamiento jurídico español:
- El principio de igualdad de los españoles ante la Ley, al proclamar a España como “una república de trabajadores de toda clase”.
- El principio de laicidad, por el que se iba más allá de la mera separación entre la Iglesia y el Estado para adentrarse en un ámbito de total eliminación de la religión de la vida política.
- El principio de elección y movilidad de todos los cargos públicos, incluido el Jefe del Estado.
- El principio monocameral, más acorde a la democracia, que suponía la eliminación de una segunda Cámara aristocrática o de estamentos privilegiados y por el cual el poder legislativo sería ejercido por una sola Cámara.
- Se preveía la posibilidad de la realización de una expropiación forzosa de cualquier tipo de propiedad, a cambio de una indemnización, para utilización social así como la posibilidad de nacionalizar los servicios públicos.
- Amplia declaración de derechos y libertades. Concedía el voto desde los 23 años con sufragio universal también femenino.
- Separación de la Iglesia y el Estado, además del reconocimiento del matrimonio civil y el divorcio.



CUANT RAO TENIEN I PER ALGUNS EU CAGAREN,EM ESTAT MOLTS ANYS ATRASATS.Y JOSEMARI TE GRANS AMICS REPUBLICANS NO SE PER QUE NEGA REALITAT MON
Por: wilfredo el Junio 2, 2008
a las 9:41 pm